Corte determinó el bloqueo de «Casinos Online»: aplicarán protocolo de la Subtel

La Segunda Sala del tribunal de alzada determinó que Claro, Entel, GTD, Movistar, WOM y VTR deberán ejecutar bloqueos por DNS coordinados entre Subtel y la Superintendencia de Casinos de Juego, dando cumplimiento a lo resuelto por la Corte Suprema.

En una resolución clave para la regulación del mercado digital y del juego en Chile, la Corte de Apelaciones de Santiago estableció el procedimiento mediante el cual las principales operadoras de telecomunicaciones del país deberán bloquear el acceso a sitios web de apuestas y juegos de azar no autorizados.

La decisión de la Segunda Sala —presidida por el ministro Juan Cristóbal Mera e integrada por el ministro Matías Felipe de la Noi y el ministro subrogante Daniel Eduardo Aravena— instruyó a las empresas Claro, Entel, GTD Manquehue, Movistar, WOM y VTR a implementar un sistema de bloqueo por DNS para todos los dominios validados como plataformas ilegales.

La ejecución del fallo se regirá por un protocolo de cinco etapas elaborado por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel):

  1. Identificación de dominios: La parte querellante informará a la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) las direcciones web, subdominios o sitios derivados que incumplan la normativa.
  2. Validación sectorial: La SCJ analizará los antecedentes y confirmará si las plataformas corresponden efectivamente a apuestas en línea no autorizadas, notificando el listado a la Subtel.
  3. Comunicación técnica: La Subtel remitirá oficialmente a las operadoras de telecomunicaciones la nómina de dominios que deben ser bloqueados.
  4. Ejecución del bloqueo: Las empresas de telecomunicaciones aplicarán el bloqueo por DNS en los plazos fijados e informarán su cumplimiento a la Corte.

Actualización y corrección: El mecanismo se mantendrá activo para futuros dominios o sitios espejo, contemplando un protocolo para corregir eventuales bloqueos de servicios lícitos.

El origen de la pugna judicial

La causa tuvo su origen en un recurso de protección presentado por la Lotería de Concepción en contra de las seis empresas distribuidoras de internet. Aunque la Corte de Apelaciones rechazó la acción inicialmente en abril de 2025, la Corte Suprema revirtió el fallo en septiembre del mismo año, ordenando impedir la transmisión y promoción de plataformas de azar no reguladas.

Tras un posterior recurso de queja resuelto en abril de 2026, el máximo tribunal ordenó reabrir la fase de ejecución para asegurar la efectividad de la medida, lo que derivó en la fijación del actual protocolo técnico.

La Corte de Apelaciones fijó un seguimiento estricto, oficiando a la Subtel y a la SCJ para colaborar en el proceso, mientras que las compañías deberán acreditar documentalmente ante el tribunal la concreción de los bloqueos.

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