Desde este mes, la Ley N°21.772 elimina la obligatoriedad de pasar por notarías para una serie de gestiones cotidianas y administrativas. El cambio apuesta por la firma electrónica avanzada y el fin de la exclusividad notarial en trámites de vivienda, empresas y el Estado.
El sistema notarial en Chile ha dado un giro definitivo hacia la digitalización. Con la entrada en vigencia de la Ley N°21.772, se puso fin a décadas de trámites presenciales obligatorios que, hasta hace poco, exigían horas de espera y costos adicionales. La reforma busca «desnotarizar» la vida de los ciudadanos, simplificando procesos y otorgando validez legal a métodos remotos.
El fin del «Timbre Notarial»: Los 13 trámites liberados
La nueva normativa elimina la exigencia de firma ante notario en áreas clave. Aquí te detallamos los cambios principales:
- Vivienda: Ya no será necesaria para la alteración de viviendas económicas.
- Mundo Laboral y Administrativo: Se acaba la declaración jurada notarial para acreditar experiencia en concursos públicos; ahora bastará con una declaración simple. También se liberan los poderes simples y trámites ante organismos estatales (salvo excepciones legales específicas).
- Pymes y Cooperativas: Las actas de asambleas, acuerdos de asociaciones de pescadores y trámites de sociedades anónimas deportivas ya no requieren el paso por la notaría.
- Servicios y Recursos: Gestiones relacionadas con el Código de Aguas y concesiones de gas también quedan fuera de la exclusividad notarial.
- Comercio Exterior: Se elimina para el poder suplente de agentes de aduanas.
¿Cómo funcionará el sistema ahora?
La reforma no solo quita trámites, sino que moderniza la forma de validar documentos:
- Firma Electrónica Avanzada: Tendrá la misma validez que la firma presencial para la mayoría de los documentos privados.
- Gratuidad: La ley garantiza que la obtención de copias de escrituras o certificados digitales sea gratuita en diversos casos.
- Fiscalización: Un cambio relevante es que el Sernac ahora podrá velar por los derechos de los consumidores en el servicio notarial, mientras que el Fiscal Judicial vigilará el comportamiento de notarios y conservadores.

