Adiós a las filas: Estos son los 13 trámites que ya no necesitan notario tras histórica reforma

Desde este mes, la Ley N°21.772 elimina la obligatoriedad de pasar por notarías para una serie de gestiones cotidianas y administrativas. El cambio apuesta por la firma electrónica avanzada y el fin de la exclusividad notarial en trámites de vivienda, empresas y el Estado.

El sistema notarial en Chile ha dado un giro definitivo hacia la digitalización. Con la entrada en vigencia de la Ley N°21.772, se puso fin a décadas de trámites presenciales obligatorios que, hasta hace poco, exigían horas de espera y costos adicionales. La reforma busca «desnotarizar» la vida de los ciudadanos, simplificando procesos y otorgando validez legal a métodos remotos.

El fin del «Timbre Notarial»: Los 13 trámites liberados

La nueva normativa elimina la exigencia de firma ante notario en áreas clave. Aquí te detallamos los cambios principales:

  • Vivienda: Ya no será necesaria para la alteración de viviendas económicas.
  • Mundo Laboral y Administrativo: Se acaba la declaración jurada notarial para acreditar experiencia en concursos públicos; ahora bastará con una declaración simple. También se liberan los poderes simples y trámites ante organismos estatales (salvo excepciones legales específicas).
  • Pymes y Cooperativas: Las actas de asambleas, acuerdos de asociaciones de pescadores y trámites de sociedades anónimas deportivas ya no requieren el paso por la notaría.
  • Servicios y Recursos: Gestiones relacionadas con el Código de Aguas y concesiones de gas también quedan fuera de la exclusividad notarial.
  • Comercio Exterior: Se elimina para el poder suplente de agentes de aduanas.

¿Cómo funcionará el sistema ahora?

La reforma no solo quita trámites, sino que moderniza la forma de validar documentos:

  1. Firma Electrónica Avanzada: Tendrá la misma validez que la firma presencial para la mayoría de los documentos privados.
  2. Gratuidad: La ley garantiza que la obtención de copias de escrituras o certificados digitales sea gratuita en diversos casos.
  3. Fiscalización: Un cambio relevante es que el Sernac ahora podrá velar por los derechos de los consumidores en el servicio notarial, mientras que el Fiscal Judicial vigilará el comportamiento de notarios y conservadores.

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