SII aplicará rebaja de contribuciones automática y por apelación tras emergencias

El beneficio tributario busca ajustar el Impuesto Territorial a las condiciones reales de las propiedades afectadas por incendios, inundaciones, terremotos y temporales. Medida contempla aplicación automática y un canal de apelación.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) confirmó la aplicación de una rebaja en el cobro de contribuciones correspondiente al segundo semestre de 2026 para aquellos inmuebles que hayan sufrido daños de consideración producto de catástrofes naturales o emergencias, tales como incendios, inundaciones, terremotos o temporales.

La iniciativa busca que el cobro del Impuesto Territorial refleje de manera justa y proporcional la disminución en el valor comercial y el avalúo fiscal de las propiedades tras ser golpeadas por un desastre.

La rebaja se determinará según la magnitud de los perjuicios registrados en cada caso y se aplicará de forma automática a los contribuyentes cuyos bienes raíces ya estén catastrados y validados por las instituciones competentes que gestionan la emergencia. Una vez concluida la evaluación, el SII notificará directamente a los propietarios beneficiados, sin necesidad de que realicen trámites presenciales.

¿Cómo solicitar la revisión si la propiedad no figura en la nómina?

Para aquellos propietarios cuyo inmueble resultó con afectaciones severas pero no fue incluido en la nómina automática del organismo, el SII dispuso un procedimiento de apelación a través de su sitio web oficial mediante el ingreso de una Solicitud de Bienes Raíces.

Para acreditar los daños y optar a un ajuste del avalúo fiscal o a la rebaja del tributo, los contribuyentes deberán adjuntar:

  • Informes y certificados oficiales: Documentación emitida por Municipalidades, Secretarías Regionales Ministeriales (Seremis), Gobiernos Regionales o servicios públicos de apoyo en emergencias.
  • Registro fotográfico: Imágenes claras que evidencien el estado de la propiedad e infraestructura tras el siniestro.
  • Otros medios de prueba: Antecedentes técnicos o peritajes que permitan dimensionar la pérdida de valor del inmueble.

El organismo fiscalizador analizará los antecedentes presentados en cada expediente para resolver las modificaciones al avalúo fiscal o la rebaja proporcional del impuesto, ofreciendo un alivio económico a las familias y contribuyentes afectados.

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