El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago acreditó que los funcionarios de la Segunda Comisaría cobraban dinero a locatarios, principalmente de nacionalidad china, entre 2022 y 2023. El fallo condenó además la violencia institucional tras acreditarse golpizas a personas esposadas.
Un emblemático veredicto en materia de probidad y derechos humanos dictó el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, al declarar culpables a 10 funcionarios pertenecientes a la Segunda Comisaría de Carabineros de Santiago. Los uniformados fueron sindicados como los componentes operativos de una red de corrupción institucionalizada que, entre los años 2022 y 2023, se dedicaba a extorsionar y solicitar de manera sistemática sumas de dinero a comerciantes establecidos del Barrio Meiggs, afectando de forma mayoritaria a locatarios de nacionalidad china.
La causa, que mantuvo como querellantes activos al Consejo de Defensa del Estado (CDE) y a la sede de la Región Metropolitana del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), destapó no solo delitos económicos y de cohecho, sino también graves episodios de violencia física y abusos de poder perpetrados en el marco de supuestos despliegues de fiscalización policial.
Apremios ilegítimos y el rechazo a argumentos discriminatorios
Dentro de las resoluciones del tribunal, cobró especial relevancia la condena dictada contra uno de los funcionarios uniformados, quien fue hallado culpable de tres delitos de cohecho y de un delito de apremios ilegítimos. El dictamen judicial dio por acreditado que el 9 de enero de 2023, el funcionario acudió a un procedimiento en las afueras de una bodega en la calle Fray Luis de la Peña, lugar donde propinó un golpe de puño en el rostro a una persona que se encontraba previamente esposada y bajo custodia.
«El afectado se hallaba en situación de indefensión absoluta frente a la fuerza pública, siendo precisamente esa posición de autoridad y el contexto del procedimiento lo que califica la violencia ejercida», sentenció el tribunal en el fallo, añadiendo de forma categórica que «no se trata de un exceso aislado de un particular, sino de un acto de quien se vale de su función de manera arbitraria para someter físicamente a una persona ya reducida». Asimismo, los magistrados aplicaron un enfoque de interseccionalidad al rechazar los argumentos de la defensa de los policías, quienes pretendieron mitigar la responsabilidad de los hechos aludiendo a la «barrera idiomática» de la víctima, planteamiento que el tribunal calificó como un factor directo de discriminación hacia la población migrante.
Impacto de la corrupción en los Derechos Humanos
Tras conocerse el veredicto, la jefa de la Región Metropolitana del INDH, Beatriz Contreras, valoró la resolución judicial señalando que el fallo confirma la existencia de una orgánica delictiva que operaba bajo un manto de impunidad en el sector comercial capitalino. «Es especialmente relevante la condena por apremios ilegítimos. Esto no constituye un exceso aislado, sino el uso arbitrario de la función pública para someter físicamente a una persona ya reducida, lo que agrava la responsabilidad del Estado en el ejercicio legítimo de la fuerza», enfatizó la abogada.
La personera recordó además que el Informe Anual sobre la Situación de los Derechos Humanos en Chile elaborado por el organismo ya había advertido de forma estructural los alcances de la corrupción. De acuerdo con dichos análisis, las prácticas corruptas dentro de las policías y las instituciones del Estado no solo socavan la legitimidad democrática, sino que comprometen los pactos internacionales suscritos por el país al desviar las funciones públicas de protección ciudadana y debilitar de forma severa las garantías básicas de igualdad, no discriminación y acceso oportuno a la justicia.

