Tras analizar el proyecto enviado por el Ejecutivo, el máximo tribunal del país valoró la intención de generar certeza jurídica, pero sugirió ajustes críticos en materia de impugnación de proyectos, restitución de gastos por parte del Fisco y límites a las medidas cautelares.
El Pleno de la Corte Suprema evacuó un detallado informe técnico sobre el “Proyecto de Ley para la reconstrucción nacional y el desarrollo económico y social”, actualmente en tramitación en el Congreso. Si bien los ministros valoraron positivamente la intención de racionalizar los procedimientos ambientales, advirtieron sobre la necesidad de realizar «ajustes relevantes» para evitar incertidumbre jurídica y proteger la eficacia de la justicia ambiental.
Críticas al sistema de impugnación y legitimación
Uno de los puntos clave del informe remitido a la Cámara de Diputadas y Diputados se centra en las modificaciones a la Ley N°19.300. El máximo tribunal señaló que, aunque se busca concentrar las reclamaciones en tribunales especializados, el texto actual no es claro sobre quiénes podrán ejercer estas acciones.
“El proyecto omite armonizar la nueva acción con las reglas de la Ley N°20.600, lo que puede afectar su eficacia práctica y generar incertidumbre sobre quiénes podrán ejercerla”, advierte el oficio, haciendo énfasis en la falta de claridad respecto a la legitimación activa (quiénes tienen derecho a demandar).
Dudas sobre la restitución de gastos por el Fisco
La Corte Suprema puso una luz de alerta sobre el mecanismo que permitiría que el Estado asuma los costos de una inversión privada cuya Resolución de Calificación Ambiental (RCA) sea anulada judicialmente.
El tribunal calificó la regla como «amplia» y sugirió que no basta con acreditar el gasto. Para los ministros, el beneficio debería exigir requisitos estrictos, tales como:
- Buena fe del titular del proyecto.
- Ausencia de contribución al vicio que causó la anulación.
- Razonabilidad de los montos reclamados.
Medidas cautelares y plazos
Respecto a la intención del proyecto de evitar la paralización indefinida de proyectos mediante un límite máximo de seis meses para las medidas cautelares, el Pleno reconoció que el objetivo es atendible para dar certeza. No obstante, lanzó una advertencia: «Su aplicación deberá resguardar que la limitación temporal no prive de eficacia a la tutela cautelar ambiental».
Conclusiones del Pleno
Finalmente, la Corte Suprema recomendó al Poder Legislativo precisar qué Corte de Apelaciones será la competente para conocer reclamaciones sobre montos de peritos, con el fin de asegurar una regla clara de acceso a la justicia.
Para los ministros, aunque el proyecto busca modernizar y agilizar la economía, debe existir una coordinación normativa más fina para que el desarrollo económico no termine debilitando la protección del medio ambiente y la especialización de los tribunales.

