Según consigna Emol, en la resolución se declaró “nula la elección efectuada en la Central Unitaria de Trabajadores el 30 de mayo de 2017, que estuvo destinada a la renovación del Consejo Directivo Nacional, debiendo la organización realizar un nuevo e íntegro acto eleccionario en el que se designará a la totalidad de los miembros del consejo directivo nacional y de los Consejos Territoriales, Provinciales y Zonales, que contemplan los estatutos».
Además, el dictamen agrega que los comicios deben repetirse “con estricta sujeción a las normas legales y estatutarias que le sean aplicables, debiendo los dirigentes electos deberán cesar de inmediato en el ejercicio de sus cargos, con la sola excepción del presidente, secretario general, tesorero y vicepresidente de Organización, quienes se mantendrán en sus cargos en carácter provisional y ejercerán las atribuciones que les competen, en todo cuanto fuere necesario para dar cumplimiento a lo ordenado».
La resolución determinó que el consejo electoral nacional de la CUT deberá convocar a las nuevas elecciones generales, en un plazo de treinta días, a contar de que la sentencia quede ejecutoriada.
La elecciones del pasado 30 de mayo de 2017 se realizaron luego de que también fuesen anulados los comicios llevados a cabo por la multigremial en agosto del año 2017.
La Central Unitaria de Trabajadores se referirá oficialmente al fallo del Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana durante esta jornada.

