Corte Suprema aprobó pago de los $7 mil por colusión del papel higiénico

Este punto había sido resistido por la parte patrocinante, puesto que sus representados no tendrían ese tipo de productos. Sin embargo, no fue acogido.

En esa ocasión, Jaime Moraga, abogado de las comunidades, precisó que se trata de discriminación indirecta. “Como se conoce en derecho, significa que hay una medida objetiva, teórica, que en sí misma no fue formulada como discriminatoria, pero en la práctica lo produce”, explicó.

Por otro lado, Lucas del Villar, director del Sernac, desestimó que exista discriminación. “Este acuerdo no hace ningún tipo de segmentación, discriminación, de segregación, más allá de lo que establece la propia ley, que son todos los consumidores afectados, tanto como el consumidor jurídico, como el económico, los que van a recibir el monto”, señaló el día en que se inició la discusión del recurso, el 2 de mayo.

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