La sentencia que obliga al Ejército a entregar un listado con todos los efectivos que fueron ascendidos al grado de general y que prestaron servicio a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) o a la Central Nacional de Informaciones (CNI) entre septiembre de 1973 y marzo de 1990, fue ratificada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
El fallo ratificó la decisión del Consejo para la Transparencia, ante el requerimiento del ciudadano Cristián Cruz. Según lo señalado por el Consejo la información solicitada es de carácter pública, al contrario de lo señalado por el Ejército, quien se negó en primera instancia a entregar dicha nómina.
Según el Tribunal la resolución apela a «el principio de la transparencia de la función pública, el derecho de acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado». Por tanto “la exposición de los ascensos y destinaciones de funcionarios públicos, forma parte del ejercicio de la función de la misma índole, la que debe estar al alcance de cualquiera que tenga interés en conocerla».

